El buque "Esmeralda", símbolo de la impunidad criminal en ChileThe "Esmeralda" ship, a symbol of criminal impunity in Chile
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Cierran caso que compromete a la Esmeralda
FUENTE: La Nacion FECHA: 19 de Noviembre 2004
La jueza Gabriela Corti decidió sobreseer definitivamente el caso por detención, tortura y muerte en 1973 en Valparaíso, tras su paso por el buque de instrucción Esmeralda del sacerdote anglo-chileno, Miguel Woodward Iribarry. Así lo informó Patricia Woodward, hermana del religioso, quien había presentado una querella hace tres años en contra del general Augusto Pinochet por genocidio por motivos de índole religiosa, terrorismo de Estado, homicidio calificado, secuestro calificado, torturas y tratos crueles y degradantes, inhumación y exhumación ilegales, asociación ilícita y demás delitos conexos. En su resolución, la jueza Corti apeló a la prescripción, argumentando que “al haber ocurrido los hechos en septiembre de 1973, ha transcurrido en exceso el tiempo de prescripción de 10 años de la acción penal respecto de los demás crímenes exigido por el artículo 94” de la legislación penal chilena. La decisión fue notificada el miércoles al abogado Juan Guillermo Matus, quien hoy presentó una apelación ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso. De no prosperar el recurso, la parte querellante tiene intenciones de llegar hasta la Corte Suprema. El proceso por la muerte del sacerdote Miguel Woodward cobra relevancia con la reciente entrega al Presidente Ricardo Lagos del informe de torturas y la reacción que ha tenido la Armada frente a los episodios de torturas en el buque escuela. Pese a los emplazamientos de diversos sectores, el comandante en jefe de la Marina, almirante Miguel Angel Vergara, ha insistido en desconocer que en dicha emblemática nave se torturó a prisioneros, y sólo ha señalado que ella funcionó como centro de operaciones. “Yo nunca he negado que la Esmeralda fue un centro de operaciones aproximadamente por 12 días inmediatamente posterior al 11 de septiembre”, dijo recientemente el almirante, aunque apuntó que “si ahora a raíz del informe yo tengo antecedentes de que en la Esmeralda se violaron los derechos humanos, tendré que reconocerlo y lamentarlo profundamente”. La batalla legal De acuerdo al Informe Rettig, el sacerdote murió el 22 de septiembre de 1973 en el Hospital Naval de Valparaíso, “víctima de la acción de agentes del Estado que lo torturaron en su lugar de detención”. . “Ha quedado acreditado que fue detenido por una patrulla naval en el Cerro Los Placeres el 16 de septiembre de 1973 y que en su lugar de reclusión fue torturado. Un médico de la Armada intentó darle atención de urgencia en el molo de abrigo, recinto custodiado por la Armada en que se hallaban atracados el Buque Escuela "Esmeralda" y el carguero "Lebu", Desde allí fue llevado al Hospital Naval donde falleció a causa de un "paro cardiorespiratorio", producto del lamentable estado físico en que se encontraba”, consigna el informe. Si bien el Informe Rettig no acredita que Woodward fue torturado en el buque escuela, otros testimonios así lo indican. Patricia Woodward, quien reside en España, evidenció a través de un comunicado a los medios de comunicación su malestar por la resolución de la jueza Corti, sobre todo considerando que tuvo en sus manos durantes tres años esta investigación. La hermana del sacerdote desestima los considerandos de la jueza Corti, señalando que “de los antecedentes acumulados hasta ahora aparecen presunciones fundados en contra de los querellados y varias otras personas que demuestran una participación culpable y penada por la ley y en consecuencia ha debido dictarse en contra de ellos resolución sometiéndolos a proceso”. Señala que en lo que se refiere a la prescripción, ”los delitos sobre los que versa la querella son imprescriptibles tanto para el Derecho chileno como universal”, y puntualiza que “mientras no cese el estado delictuoso, vale decir en la especie mientras no se investiguen los delitos cometidos a partir del momento de la muerte del Sr. Woodward después de haber sido recogido en el molo y llevado en vehículo asistencial al Hospital Naval, vale decir certificación de su muerte, falta de examen del Servicio Médico Legal, inhumación y exhumación ilegal y falta de encuentros de sus restos óseos no puede transcurrir ninguna prescripción”.
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